Ley Nº 4854

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4854


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 04854

Res. Leg N9 4854

Declarando de abono en la libreta de servicios del Capitán don Juan Melecio G ONZALES , LOS SERVICIOS QUE PRESTO.

Lima, 12 de diciembre de 1923, Señor:

El Congreso ha resuelto declarar del abono en la libreta de servicios del Capitán don Juan Melecio Gonzales, los servicios que prestó al país en el perío-

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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