Tipo de Norma: Ley
Número: 4822
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04822Res. Leg. N° 4822
Indulto del reo Cipriano Arroyo.
Lima, Io de diciembre de 1923.
Señor:
El Congreso, en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 20 del artículo 83 de la Constitución del Estado, ha resuelto indultar al penitenciado Cipriano Arrojo del tiempo que le falta para cumplir su condena.
Lo comunicamos a usted para su conocimiento y demás fines.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.