Ley Nº 4809

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4809


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 04809

Res* Leg. Xo 4809

Premio pecuniario a doña María Castellanos DE GrADKA.

Lima, 2l de noviembre de 1923. Señor:

El Congreso, atendiendo a la iniciativa del Poder Ejecutivo y en ejercicio de la atribución que le confiere el incido 24. del artículo 83 de la Constitución del



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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