Ley Nº 4701

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 04701

Res. Leg. N° 4701

Concediendo goces de jubilación y cesantía A DON El.ÍAS AlZAMORA, TeíORE-

bo de la Beneficencia de Lima.

Lima, 5 de octubre de 1928.

Señor:

El Congreso ha resuelto autorizar a la Sociedad de Beneficencia Pública de Li-ma> para que conceda a don Elias Alzadora, Tesorero de esa institución, los goces de cesantía, jubilación y montepío, con arreglo a las reglas vigentes sobre ^ materia.

Lo comunicamos a usted para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

i Guillermo Rey. Presidenta del Sena.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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