Tipo de Norma: Ley
Número: 4694
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04694Res. Leg. N° 4694
Indulto del reo Manuel Ico
Lima, 26 de setiembre de 1923. Señor:
El Congreso, en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 20 del artículo 83 de la Constitución, ha resuelto indultar al reo Manuel Ico, del tiempo que le falta para cumplir su condena.
Lo comunicamos a usted para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde a usted.
Guillermo Rey, Presidente del Senado.
F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados.
E, M. del PradOy Senador Secretario.
Eduardo O. Basadre) Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Lima, 29 de setiembre de 1928.
Cúmplase, regístrese, comuniques© y publiques©.
Rúbrica del Presidente de la República
Ego Aguirre.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.