Ley Nº 4319

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 4319

Tipo de Norma: Ley

Número: 4319


Visualización de la norma: Ley 4319



Descargar Ley 4319 en PDF -

documento PDF

 04319

LEY N° 4319

El Congreso de ¡a República Peruana.

Consignando partidas en el Presupuesto General, para el sostenimiento de la l)i-reooión de Salubridad Pública,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la le;y siguiente:

lia dado la ley siguiente:

Articulo lo. — Consígnese en el Presupuesto General de la República, las siguientes partidas:

Dirección de Salubridad Pública

Al a fio.

2o.o.oo 2o.o.oo

Lp.

2 lo.o.oo 21:0.0.00

o2.o.oo

1381.0.00

12.0.00 13.0.00

J 14.0.00

IJG.o.oo

2o.o.oo

24o.o.oo

5.G.OO

G7.2.oo

G.li.oo

75.0.00

5.2 5o

G13. o.oo

2,8.oo

1313.G.oo

1. 0 o o

P.).2.oo

Al mes.

Para aumentar el haber del director.........

Para aumentar el haber de un sub-direotor .. . Para el haber de un jefe de la sección administra ti va............................

Para aumentar el haber de un jefe do la sección demográfica....................

del servicio de medicamentos..........

Para el haber de un sirviente, encargado del

Para aumentar el haber de un secretario .... Para el haber de un farmacéutico encargado

embalaje de los botiquines.............

Para el aumento en el babor de tres amanuen

ses, a Lp. 2.1.00, cada uno.............

Para aumentar el haber del ingeniero sanitario ..................................

Para aumentar el haber de» ayudante dibujante ..................................

Para aumentar el haber del portero portaplie

gos

Miguel A. Morón

Artículo 2o.— Suprímase del Pliego Ordinario de Poniente del Presupuesto General de la República la parida 70Í313.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario a su cumplí-mien lo.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos veinte.

G. Luna Iglesias. — Primer Vicepresidente de Cámara de Senadores.

J. pe D. Salazah O.— Presidente de la Cámara de Diputados.

R. C. Espinosa.—-Senador Secretario.

Diputado Secretario.

AI señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Casa de Gobierno, Lima, veinticinco de abril de mil novecientos veintiuno.

A. JL Leouía.

A. Rodríguez Didanto.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos