Tipo de Norma: Ley
Número: 4303
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04303Ley N 4303
Consignando partidas en el Pliego de Guerra del Presupuesto General para el sostenimiento del sesvicáo de remonta.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese en el Pliego de Guerra del Presupuesto General de la República, para 1920, las siguientes partidas:
Dirección
Al mes
Al año.
Para un coronel, director................. Lp.
Para un teniente coronel, sub director......
Para un capitán..........................
Para dos tenientes, a Lp. 17.o.oo, cada uno . .
Para un veterinario ......................
Para un amanuense.......;..............
54.0. 00 Lp.
47.0. 00 2b.o.oo
34.0. 00
46.0. 00 S.l.oo
648.0. 00
564.0. 00
312.0. 00
408.0. 00
552.0. 00 97.2.00
Propinas
Para un sargento lo,, maestro mariscal...... Lp.
Para tres sargentos 2os., mariscales, a Lp.
1.4.00, cada uno......................
Para dos cabos, a Lp. l.o.4o, cada uno.......
Para veinte soldados, a Lp. o.S.oo, cada uuo..
2.0. 00 Lp.
4.2.00
2.0. 80 16.0.00
24.0.00
5o.4.oo
24.9.6o
192.o,oo
Racionamiento
Para veintiséis individuos de tropa, a Lp. 0.0.65 diarios, cada uno...............
51.4.o4 Lp.
616.8.5o
(xratt./(raciones
18.0.00
1.5.00
Para un sargento lo, mariscal..............
Para tres sargentos segundos, mariscales, Lp.
l.o.oo, cada uno......................
36.0.00
3.o oo
Extra o rd inarios
Para los gastos extraordinarios, generales, de
propaganda, etc....... ............... Ll>-
lo.o.oo Lp.
12o.o.oo
Ganado
73.0.00
Lp.
876.0.00
12.5.92
151.1.1o
39o.876
Lp.
4690.5.2o
Parra manutención de doce sementales, a Lp.
0.2.00 diarios, cada uno............... Lp.
Para la manutención de seis caballos de oficiales, a Lp. o.o.69 diarios, cada uno.......
Total................ Lp.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.