Ley Nº 4258

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4258


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 04258

LEY N* 425S

Alquiler de local para el Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Cha chapoyas.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso dado la ley siguiente:

Rl Congreso de la República Peruana.

Consideran Jo:

Que es indispensable votar los fondos necesarios para el abono del alquiler del local que ocupa el Juzgado de primera instancia de Chachapoyas.

IIp. dado la ley siguiente:

Artículo único. — Consignase en el Presupuesto General de la liepública una partida de una libra peruana oro mensual para el expresado fin.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplí-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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