Tipo de Norma: Ley
Número: 4242
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04242Ley No. 4242
Consignando en el Presupuesto General de la República, varias partidas en la Sección de Aduanas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cnanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de 1¿\ Rcfuthlica Peruana,
Ha dado la ley siguiente:
Articulólo.—Consígnese en el pliego de Hacienda del Presupuesto General de la República las siguientes partidas:
DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA
Al año
Para aumentar el haber del actuador de Matrículas de Lima y el Callao......................................................................... Lp.
60.0.00
ADUANA DEL CALLAO
Sección Despacho
Para un Auxiliar de Manifiestos » «tro ,,
15 G. 0.00 1 18.4.00
SECCION I)E AFOROS
Para tres vistas de segunda clase a Lp. 27.0.00 c|u . ,, un vista de tercera clase...................................
972.000
225.0.00
SECCION DE VIGILANCIA Y ALMACENES
Para cuatro guarda-almacenes, a Lp. 18.7.50 cfu ............ Lp, 900,0.00
,, un confrontador........... .................................................. 118,100
,, un inspector de la puerta del Perdón........... ........,.......... 120.0.00
„ treintioeho peones a Lp. 11.2.50 c[tt ... ..................... ,r 5,140,0.00
ADUANA DE PIMENTEL
Gasto Material
Para útiles de escritorio, alumbrado y policía.............. ,........ ,, 82.4.00
„ aumentar la partida del arrendamiento del local de la
Aduana............................................................ ........... „ 80,0.00
ADUANA DE TALARA
Para un Administrador.............. .....................
,, un Amanuense Secretario.......................
,y un Oficial de Numeración y Manifiestos
455.4.00 97.2.00
129.6.00
225.0.00
97.2/10
Para un Contador.......... .....
,, un Amanuense auxiliar
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.