Tipo de Norma: Ley
Número: 4200
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04200Ley No. 4200
Creación de una judicatura de Instancia en San Martín.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana•
Ha dado la ley siguiente:
Artículo i°-—Créase en la provincia de San Martín del departamento de su nombre una judicatura de primera instancia, debiendo gozar el juez de haber igual al que disfruta el de las provincias de Moyobamba y Huallaga-
Artículo 2o.—Consígnese el Presu* puesto General de la República las respec tivas partidas para el personal, alquiler del local y útiles de escritorio.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplí miento-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.