Ley Nº 30417

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 30417

578146 NORMAS LEGALES Martes 16 de febrero de 2016 / El Peruano

RESOLUCION LEGISLATIVA

N230417

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL

CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE

UNA UNIDAD NAVAL Y DE PERSONAL MILITAR DE CANADÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE ACUERDO CON EL PROGRAMA DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERÚ CON FUERZAS ARMADAS

EXTRANJERAS, CORRESPONDIENTE AL MES

DE FEBRERO DE 2016

Artículo 1. Objeto de la Resolución Legislativa

Autorízase el ingreso al territorio de la República de una unidad naval y de personal militar de Canadá, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras, correspondiente al mes de febrero de 2016, en el marco de lo establecido en el inciso 8) del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y conforme a las especificaciones de acuerdo al cuadro siguiente:

Visita oficial de la Fragata HMCS Vancouver de la Marina Real Canadiense

Objetivo

Visita de rutina

Lugar

Callao

Fecha de inicio

19 de febrero de 2016

Tiempo de permanencia

8 días

Institución involucrada

Manna de Guerra del Perú

País participante

Canadá

Tipo de unidad

Superficie

Cantidad

Uno

Clase y/o tipo de buque

Fragata tipo Vancouver

Nombre y/o número de casco

HMCS Vancouver/FFH 331

Cantidad de personal

258 oficiales y subalternos

Desplazamiento

5100 toneladas

Eslora

134,10 metros

Manga

16,40 metros

Calado

5,00 metros

Tipo y cantidad de armamento

• MK 46 torpedos (Ship & Helo Launched)

• 16 Sea Sparrow Surface to Air Missiles

• 8 Harpoon Surface-to-Surface Missiles

• 57 mm Bofors Gun

• 20 mm Phalanx Cióse in Weapons System (CIWS)

• 50 cal Machine Guns

Aeronave embarcada

1 helicóptero Sea King CH-124A

Sistemas de comunicaciones (HF, VHF, Canal 16, satelital, sistema de navegación)

• Thales Smart-S Mk2; 30; E/F-band

• Saab Sea Giraffe HC 180; G/H-band

• 2 Saab Ceros 200; J-band

• Raytheon Anschütz Pathfinder ST MK 2; X and S Band

Artículo 2. Autorización para modificación de plazos

Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Defensa y por resolución suprema, pueda modificar, cuando existan causas imprevistas, la fecha de inicio de ejecución de la actividad operacional considerada en el artículo 1, siempre y cuando dicha modificación no exceda el tiempo de permanencia fijado.

El ministro de Defensa procede a dar cuenta de la modificación a la Comisión de Defensa Nacional, Orden

Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República en el plazo de cuarenta y ocho horas después de expedida la citada resolución suprema.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los quince días del mes de febrero de dos mil dieciséis.

LUIS IBERICO NÚÑEZ

Presidente del Congreso de la República

MARIANO PORTUGAL CATACORA

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Lima, 15 de febrero de 2016.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente de la República

PEDRO CATE RIAN O BELLIDO

Presidente del Consejo de Ministros

1345818-2

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO

DE MINISTROS

Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Primera Vicepresidenta de la República

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 034-2016-PCM

Lima, 15 de febrero de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Húmala Tasso, viajara del 16 al 19 de febrero de 2016, con el objeto de realizar una visita oficial a la República de Cuba a fin de atender la invitación extendida por el Gobierno cubano, a través de la Embajada de Cuba en Lima;

Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, en tanto dure la ausencia del Presidente de la República;

De conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política del Perú; y

Estando a lo acordado.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, del 16 al 19 de febrero de 2016 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente de la República

PEDRO CATERIANO BELLIDO

Presidente del Consejo de Ministros

1345818-3

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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