Tipo de Norma: Ley
Número: 30105
documento PDF
30105B Peruano
Martes 12 de noviembre de 2013
NORMAS LEGALES
506837
En Lima, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil trece.
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Congreso de la República
MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND Primera Vicepresídenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros
1012680-1
LEY N30105
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL ASFALTADO,
EL MEJORAMIENTO Y LA CULMINACIÓN DE LOS TRAMOS DE LA CARRETERA CUTERVO, SÓCOTA, SAN ANDRÉS,
SANTO TOMÁS, PIMPINGOS Y CUYCA
Artículo único. Declaración de necesidad pública e interés nacional
Declárase de necesidad pública e interés nacional la ejecución de la obra de construcción del asfaltado, el mejoramiento y la culminación de los tramos de la carretera Cutervo, Sócota, San Andrés, Santo Tomás, Pimpingos y Cuyca, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, con la finalidad de permitir la interconexión de los pueblos de la sierra y la selva de la región, el comercio y el turismo en la zona.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil trece.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Congreso de la República
MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND
Primera Vicepresidenta del
Congreso de la República
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros
1012680-2
LEY N-30106
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA EL ASFALTADO DE DIVERSAS CARRETERAS EN EL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA
Artículo único. Declaración de necesidad pública y de interés nacional
Declárase de necesidad pública el asfaltado de las siguientes carreteras o tramos viales en el departamento de Huancavelica:
1. Huancavelica-Cunyac-Lircay-Seclla-Julcamarca-Puente Lamarate.
2. Izcu chaca-Mejorad a-Pau cará-Acoba mba-Puente Alcomachay.
3. Pampas-Colcabamba-Churcampa-Puente Mayocc.
4. Imperial-Pampas.
5. Huancavelica-Santa Inés-Rumichaca-Empalme Ruta PE-28A.
6. Izcuchaca-Mayocc-Huanta.
7. Huancavelica-Lachocc-Villa de Arma-Chincha.
8. Huancavelica-Yauli-Paucará-Acobamba.
9. Ica-Córdova Ruta 08-106.
10. Huancavelica-Santa Inés-Castrovirreyna-
Ticrapo-Pámpano.
11. Ica-Puente Los Molinos-Ayavi-Huaytará.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación
En Lima, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil trece.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Congreso de la República
MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.