Ley Nº 30093

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 30093

504796

NORMAS LEGALES

B Peruano Lunes 14 de octubre de 2013

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N9 30092

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente.

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE ASFALTADO, MEJORAMIENTO Y LA CULMINACIÓN DE LA CARRETERA LONGITUDINAL DE CONCHUCOS

Artículo único. Declaración de necesidad pública e interés nacional

Declárase de necesidad pública e interés nacional la ejecución de las obras de construcción de asfaltado, mejoramiento y la culminación de Ja carretera longitudinal de Conchucos, departamento de Áncash, con la finalidad de permitir la interconexión de los pueblos y ciudades de la sierra, el comercio y el turismo de la zona.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre de dos mil trece.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Congreso de la República

MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece dias del mes de octubre del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

999734-1

RESOLUCION LEGISLATIVA N930093

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY SOBRE COOPERACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA DEFENSA

Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa

Apruébase el Acuerdo entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay sobre Cooperación en el

w

Ambito de la Defensa, suscrito el 12 de mayo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Peni.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre de dos mil trece.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Congreso de la República

MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 13 de octubre de 2013.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

999734-2

RESOLUCION LEGISLATIVA N9 30094

EL CONGRESO DE YA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA PARA LA COOPERACIÓN EN EL CAMPO DE LA SEGURIDAD Y DEFENSA DE LOS MATERIALES PARA LA DEFENSA

Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa

Apruébase el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana para la Cooperación en el Campo de la Seguridad y Defensa de los Materiales para la Defensa, suscrito el 17 de marzo de 2010.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre de dos mil trece.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Congreso de la República

MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 13 de octubre de 2013.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

O LLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

999734-3



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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