Ley Nº 30058

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 30058

B Peruano

Viernes 5 de julio de 2013

NORMAS LEGALES

498669

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

Ordenanza N° 048-2013-CR/GRC.CUSCO.- Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Unidad de Gestión Educativa Local de Pichari - Quimbiri - Villa

Virgen La Convención 498723

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO

D.A. N° 003-2013-MDB.- Disponen el embanderamiento General de todos los inmuebles del Distrito de Barranco

498724

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE

Ordenanza N0 4Q4-MPL.- Aprueban la realización de Matnmonio Civil Comunitario 2013 en el Distnto de Pueblo

Libre y exoneran de derechos administrativos 498724

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MUNICIPALIDAD DEL RIMAC

D.A. N° 05-2013-MDR.- Disponen el embanderamiento general del Distrito del Rímac 498725

Fe de Erratas Ordenanza N° 335-2013/MDR 498726

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MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES

Res, N° 206-2013-SGCHU-GDU/MDSMP.- Aprueban Habilitación Urbana Nueva de inmueble ubicado en el distrito, sobre el cual se desarrollará la Asociación de

Vivienda San Agustín 498727

PROVINCIASMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AMANTANI

Acuerdo N° 042-2013-CMDA.- Autorizan viaje de Alcalde a Francia, en comisión de servicios 498730

PROYECTO

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. N° 395-2013-MTC/03.- Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 024-2010-MTC que aprueba el procedimiento para la subsanación de la información consignada en el Registro de Abonados Pre Pago, y el Decreto Supremo N° 023-2007-MTC que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28774, Ley que crea el Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular, establece prohibiciones y sanciones 498731

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

SEPARATA ESPECIAL

DA. N° 007-ALC/MSI.- Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito 498726

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

ORGANISMO SUPERIOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO

D.A. N° 015.- Aprueban Directiva de Medidas de Austeridad, Calidad y Disciplina en la Municipalidad de

Juan de Lurigancho 498726

Res. N° 038-2013-CD-OSITRAN.- Propuesta Tarifaria del Servicio Especial “Tratamiento Especial de Carga Fraccionada Peligrosa” en el Terminal Norte Multipropósito del Callao 1 al

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY Ne 30058

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE DELIMITACIÓN TERRITORIAL NOROESTE DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, COLINDANCIA CON EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO,

EN LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA

Articulo 1. Objeto de la Ley

La presente Ley tiene por objeto sanear el límite territorial de colindancia entre los distritos de San Juan de

Miraflores (lado Noroeste) y de Santiago de Surco, en la provincia y departamento de Lima.

Artículo 2. Límite territorial del distrito de San Juan de Miraflores con el distrito de Santiago de Surco, en la provincia y departamento de Lima

El limíte se inicia en la cumbre del cerro Viva el Perú (cota 136.1), luego se dirige uniendo en líneas rectas los puntos de coordenadas UTM 284 016 m E y 8 654 253 m N; y UTM 258 073 m E y 8 654 252 m N, este último en el eje de una vía sin nombre (Los Herrerillos); luego el límite continúa por el eje de la vía sin nombre (Los Herrerillos) en dirección general Norte, hasta llegar al eje de la vía Alcides Vigo; de ahí el límite prosigue por el eje de la vía Alcides Vigo en dirección Noroeste, hasta intersectar con una vía sin nombre en un punto de coordenada UTM 284 034 m E y 8 654 861 m N, continúa por el eje de esta última vía sin nombre en dirección Norte hasta intersectar una vía sin nombre en un punto de coordenada UTM 284 033 m E y 8 654 943 m N; de ahí el límite prosigue en dirección Oeste por el eje de esta última vía sin nombre, hasta intersectar con el eje de una vía sin nombre (José Gabriel Aguilar); luego el límite prosigue por el eje de la vía sin nombre (José Gabriel Aguilar) en dirección Norte hasta llegar al punto de coordenada UTM 284 017 m E y 8 655 241 m N; de ahí el límite inflexiona en dirección Noreste dirigiéndose en línea recta hasta intersectar el eje de la carretera Panamericana Sur en el punto de coordenada UTM 284 192 m E y 8 655 285 m N. De este último lugar nombrado, el límite gira en dirección general Norte, continuando por el eje carretera Panamericana Sur hasta llegar al punto de coordenada UTM 284 448 m E



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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