Ley Nº 29930

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 29930

478206

# NORMAS LEGALES

El Peruano

Lima, viernes 9 de noviembre de 2012

Ordenanza N° Q0103/MDSA.- Ordenanza que regula el mantenimiento y daños a la infraestructura urbana

478335

D.A. N° 00015-2012/MDSA.- Modifican Directiva que establece los Procedimientos para la Ejecución y Control del Programa de Sorteos Vecino “Santanitiense" Puntual

478338

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

Ordenanza ND 158/MVMT.- Prorrogan vigencia del Consejo de Coordinación Local Distrital y autorizan a la Alcaldesa aprobar cronograma de elecciones de representantes de la sociedad civil periodo 2013 - 2014

478339

Ordenanza N° 159/MVMT.- Exoneran de pago del derecho de trámite por concepto de reconocimiento y registro contemplado en el Item 143 del TUPA a las Organizaciones Sociales de Base 478339

PROVINCIAS

Ordenanza N° 027-2012-AL/CPB.- Aprueban Reglamento ue restringe la ubicación de terminales terrestres, estaciones e ruta y el uso de las vías dentro de la zona urbana del distrito capital de la Provincia de Barranca para el servicio de

transporte público de ámbito interprovincial 478340

Ordenanza N°028-2012-AL/CPB.-Apruebanimplementadón del Plan de Cidovía Recreativa de Barranca, la que se

denominará “Odovía Caralina de Barranca” 478341

SEPARATA ESPECIAL

Entrada en vigencia yTexto de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las

Desapariciones Forzadas 478196

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 29930

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE INCORPORA AL MINISTRO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL EN EL CONSEJO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

Artículo único. Modificación del articulo 11 de la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd)

Modifícase el articulo 11 de la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd), en los siguientes términos:

“Artículo 11°.- Definición, funciones y composición del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

(...)

11.2 El Consejo Nadonal de Gestión del Riesgo de Desastres está integrado pon

(...)

I. El Ministro de Desarrollo e Inclusión Social.

(...)■

Comuniqúese al señor Presidente Constitudonal de la República para su promulgadón.

En Lima, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil doce.

Víctor isla rojas

Presidente del Congreso de la República

JOSÉ LEÓN LUNA GÁLVEZ

Tercer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

864044-1

LEY N° 29931

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY 15251, LEY QUE CREA EL COLEGIO ODONTOLÓGICO DEL PERÚ, MODIFICADA

POR LA LEY 29016

Artículo 1. Modificación del literal b) del artículo 5 de la Ley 15251, Ley que crea el Colegio Odontológico del Perú, modificada por la Ley 29016

Modifícase el artículo 5, literal b), de la Ley 15251, Ley que crea ei Colegio Odontológico del Perú, modificada por la Ley 29016, en los términos siguientes:

“Artículo 5°. - Atribuciones del Consejo Nacional

(...)

b) Coordinar las actividades de los colegios regionales, respetando su autonomía en el marco de la ley."

Artículo 2. Reglamentación

El Poder Ejecutivo, en coordinación con el Colegio Odontológico del Perú reglamenta la presente Ley, en



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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