Tipo de Norma: Ley
Número: 29798
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29798452624
^ NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 1 de noviembre de 2011
r n
ORGANISMOS EJECUTORES
GOBIERNOS LOCALES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACION TRIBUTARLA
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Res. N° 256-2011/SUNAT.- Designan Secretaria General de la SUNAT 452636
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOSD.A. N° 014.- Declaran de interés la implementación de procesos regulados en la Ley N° 29415 y su Reglamento, a fin de promover el saneamiento físico legal de predios tugurizados con fines de renovación
urbana 452638
SEPARATA ESPECIALINSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
R.J. N° 265-2011 INEI.- índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de octubre
de 2011 452637
R.J. N° 266-2011 INEI.- índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al
mes de octubre de 2011 452637
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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
DE USO PUBLICO
Res.N0 052-2011-CD-OSITRAN.- Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de Aeropuertos Andinos del Perú - S.A. 452617
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PODER LEGISLATIVOCONGRESO DE LA REPUBLICALEY N° 29798EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA REESTRUCTURACIÓN DEL BANCO DE MATERIALES S. A. C. (BANMAT)Artículo 1. ObjetoDeclárase de necesidad pública la reestructuración del Banco de Materiales S. A. C. (Banmat), en salvaguarda de los recursos y de las carteras, así como de otros activos que administra, a través del saneamiento legal, económico y financiero de los mismos, a fin de que se cumpla lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley N° 23220, Ley que crea el Banco de Materiales, modificada por la Ley N° 26963, Ley Complementaria del Banco de Materiales.
Artículo 2. Facultades al Ministerio de Vivienda, Construcción y SaneamientoFacúltase al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para que, en el plazo de 120 días, realice las acciones legales y administrativas necesarias para el proceso de reestructuración del Banmat y de los recursos que este administra.
Estas facultades son las siguientes:
1. Gestionar en forma integral el Fondo Revolvente a que se refiere el Decreto Supremo N° 005-2002-VIVIENDA, y otros que administre.
2. Reformular los aspectos presupuéstales dentro del marco normativo presupuesta!.
3. Autorizar al Banmat a reestructurar los procesos vigentes para la regularización de la titularidad de la propiedad de los predios que conforman su cartera.
4. Y otras que, por requerimiento del proceso, sean necesarias.
Facultades que serán determinadas mediante decretos supremos del sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, y contarán con el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, en caso corresponda, de acuerdo a sus funciones.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINALÚNICA. Medida complementaria
Suspéndese la aplicación de los numerales 4, 5 y 6 del artículo 3, el numeral 5 del artículo 5, la quinta disposición complementaria final y la única disposición complementaria transitoria de la Ley N° 29770, Ley que Optimiza la Gestión de los Recursos que Administra el Banco de Materiales SAC (Banmat), hasta concluir el proceso de reestructuración.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los once días del mes de octubre de dos mil once.
DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
Presidente del Congreso de la República
MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil once.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
SALOMÓN LERNER GHITIS
Presidente del Consejo de Ministros
710653-6(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.