Tipo de Norma: Ley
Número: 29767
documento PDF
29767El Peruano
Lima, martes 26 de julio de 2011
#NORMAS LEGALES
447239
\de Lurigancho 2011
D.A. N° 012-2011-ALCMLV.- Aprueban el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos
Domiciliarios en el distrito de La Victoria” 447287
MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Ordenanza N° 008-2011/MDPN.- Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Punta Negra
447288
D.A. N° 003-2011-AL-MDPN.- Aprueban Programa de Segregación en Fuente como parte del proceso de Recolección de Residuos Sólidos domiciliarios del distrito
de Punta Negra 447289
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Ordenanza N° 268.- Aprueban Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del distrito del Rímac 447289
D.A. N° 007-2011-MDR.- Aprueban Plan de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en el distrito del Rímac
447290
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
D.A. N° 009.- Aprueban Programa de Segregación en la Fuente como Parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en el distrito de San Juan
447291
D.A. N° 011.- Eliminan del TUPA de la Municipalidad requisitos para el otorgamiento de licencia de Edificación, y disponen la simplificación del requisito de Declaración Jurada que acredite la habilitación profesional de
ingenieros y arquitectos 447292
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Ordenanza N° 313-MDSMP.- Aprueban Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad
447292
Ordenanza N° 314-MDSMP.- Aprueban implementación del Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el distrito
de San Martín de Porres 447293
Acuerdo N° 049-2011-MDSMP.- Aprueban Bases del Concurso Público de Méritos para cubrir plaza de Ejecutor
Coactivo de la Municipalidad 447293
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
D.A. N° 022-2011-ALC/MVES.- Aprueban Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo 2012 y convocan a la población para participar en el proceso de
formulación del presupuesto 447294
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Ordenanza N° 134/MVMT.- Aprueban Plan de Manejo de
los Residuos Sólidos del distrito 447295
Acuerdo N° 043-2011/MVMT.- Declaran de interés la implementación de las actividades para la incorporación
de la Gestión de Riesgo en la Municipalidad 447296
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N° 29767EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE
LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA LA INTANGIBILIDAD DE LA BAHÍA DE ANCÓNArtículo 1. Declaración de intangibilidad
Declárase intangible la Bahía de Ancón, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, así como su zona de influencia aledaña, y todo lo que forma parte integrante del área natural protegida a que se hace referencia en el artículo 2.
Artículo 2. Creación de área natural protegida
Reconócese como área natural protegida conforme a la Ley 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas; el Decreto Legislativo 1079, Decreto Legislativo que establece medidas que garanticen el patrimonio de las áreas naturales protegidas, y demás normas legales y administrativas complementarias al Parque Ecológico Nacional creado por Decreto Supremo 013-2010-MINAM, Declara de interés nacional la creación y desarrollo del Parque Ecológico Nacional, modificado por los Decretos Supremos 016-2010-MINAM y 018-2010-MINAM, y denominado Parque Ecológico Nacional Antonio Raimondi por el Decreto Supremo 001-2011-MINAM, al que se integra el espacio continental y marino constituido por la
Bahía de Ancón, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima.
Artículo 3. Delimitación del área natural protegida
Corresponde al Ministerio del Ambiente, de acuerdo con sus competencias de ente rector sectorial en materia del ambiente -conforme al Decreto Legislativo 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y demás normas pertinentes, y en coordinación con la Municipalidad Distrital de Ancón-, delimitar y precisar, para el cumplimiento del artículo 2, los espacios terrestres y marinos que integran el área natural protegida.
Artículo 4. Restricciones al ejercicio de actividades
De acuerdo con las restricciones que imponen los principios y criterios de la gestión de las áreas naturales protegidas, -conforme a la Ley 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, el Decreto Legislativo 1079, Decreto Legislativo que establece medidas que garanticen el patrimonio de las áreas naturales protegidas, y demás normas legales y administrativas pertinentes-, prohíbese la instalación, construcción y explotación de infraestructura portuaria, comercial, depósitos, transporte, trasbordo y demás actividades relacionadas que afecten las condiciones naturales y el patrimonio del área natural protegida creada por la presente Ley que incluye la Bahía de Ancón.
Quedan sin efecto las autorizaciones otorgadas para el uso temporal de área acuática y franja ribereña con el objeto de determinar la posibilidad de construir cualquier infraestructura portuaria en dicha bahía, no permitiéndose la renovación de las autorizaciones vencidas o por vencerse.
Quedanexceptuadasdetalprohibiciónlasinfraestructuras pesqueras artesanales actualmente existentes en la Bahía de Áncón, su modernización y reparación, siempre que no signifique modificar su característica artesanal.
Artículo 5. Promoción del área natural protegida
La Municipalidad Metropolitana de Lima -en coordinación con la Municipalidad Distrital de Ancón; el Ministerio del Ambiente; el Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Peni, y demás entidades públicas; con la colaboración del sector privado y la participación de la representación ciudadana del distrito-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.