Tipo de Norma: Ley
Número: 29619
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29619El Peruano
Lima, martes 30 de noviembre de 2010
NORMAS LEGALES430051
PODER LEGISLATIVO
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
LEY N229619
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
En Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil diez.
CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República
ALDA LAZO RlOS DE HORNUNG Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE TRANSFIERE A LA UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC LA SEDE ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO DE VILCABAMBA
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
Artículo 1°.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene el objeto de transferir a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac la sede académica de Vilcabamba, provincia de Grau, de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, incluyendo su presupuesto, infraestructura física, acervo documentario, personal, facultades y escuelas profesionales.
Artículo 2°.- Incorporación del alumnado
La Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac incorpora a los alumnos de la sede académica de Vilcabamba de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco con las facultades que vienen cursando, pudiendo crear nuevas carreras profesionales en dicha sede conforme a la normativa vigente.
Los alumnos que decidieran no aceptar la transferencia a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac tienen derecho a continuar sus estudios en carreras profesionales afines en cualquiera de las sedes autorizadas de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco.
Artículo 3°.- Financíamiento
La implementación de la presente norma no demanda recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 4°.- Transferencia de recursos
Los recursos asignados por la Fuente de Financíamiento Recursos Ordinarios en el presupuesto de la sede académica de Vilcabamba de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco se transfieren a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac conforme a la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
ÚNICA.- Transferencia de partidas
Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para que, en el plazo de treinta (30) días contados a partir de la vigencia de esta Ley, transfiera las partidas correspondientes de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo Io.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
ÚNICA.- Derogatoria
Derógase o déjase sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Ley.
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación
572494-1
PODER EJECUTIVO
Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo del CEPLAN en representación del Gobierno Nacional a propuesta del Ministro de Economía y Finanzas
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 318-2010-PCM
Lima, 29 de noviembre de 2010
Visto, el Oficio N° 303-2010-EF/13.01 de la Secretaria General del Ministerio de Economía y Finanzas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se aprobó la Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN;
Que, el artículo 7.1 del referido dispositivo señala que el Consejo Directivo del CEPLAN está integrado, entre otros, por tres representantes del Gobierno Nacional entre los cuales se encuentra un representante propuesto por el Ministro de Economía y Finanzas, siendo que la designación se efectuará mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, mediante Resolución Suprema N° 239-2008-PCM, se designó al señor Gabriel Ortiz de Zevallos Madueño, como miembro del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN en representación del gobierno nacional a propuesta del Ministro de Economía;
Que, el señor Gabriel Ortiz de Zevallos Madueño ha presentado su renuncia al mencionado cargo, la que es pertinente aceptar;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.