Ley Nº 29584

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 29584

Tipo de Norma: Ley

Número: 29584


Visualización de la norma: Ley 29584



Descargar Ley 29584 en PDF -

documento PDF

 29584

425966

NORMAS LEGALES

El Peruano

Lima, sábado 18 de setiembre de 2010

Artículo 281°.- Atentado contra la seguridad común

Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de diez años, el que crea un peligro para la seguridad común, realizando cualquiera de ¡as conductas siguientes:

1. Atenta contra fábricas, obras, infraestructura, instalaciones o equipos destinados a la producción, transmisión, distribución, almacenamiento o provisión de saneamiento, electricidad, gas o telecomunicaciones.

2. Atenta contra la seguridad de los medios de telecomunicación pública o puestos al servicio de la seguridad de transportes destinados al uso público.

3. Dificulta la reparación de los desperfectos en las fábricas, obras, infraestructura, instalaciones o equipos a que se refieren los incisos 1 y 2.

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PRIORITARIO INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA MACHUPICCHU-SANTA TERESA-SANTA MARÍA

Artículo único.- Declaración de necesidad pública y prioritario interés nacional

Declárase de necesidad pública y prioritario interés nacional la construcción de la carretera Machupicchu-Santa Teresa-Santa María, así como la realización de los estudios de la vía Santa Teresa-Mollepata.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre de dos diez.

Artículo 283°.- Entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos

El que, sin crear una situación de peligro común, impide, estorba o entorpece el normal funcionamiento del transporte o de los servicios públicos de telecomunicaciones, saneamiento, electricidad, hidrocarburos o de sustancias energéticas similares, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años.

En los casos en que el agente actúe con violencia y atente contra la integridad física de las personas o cause grave daño a la propiedad pública o privada, la pena privativa de la libertad será no menor de seis ni mayor de ocho años.”

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los quince días del mes de setiembre de dos mil diez.

CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República

ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República

ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación

545497-3

PODER EJECUTIVO

Autorizan al Ministro de Energía y Minas a ausentarse del país y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación

545497-2

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 251-2010-PCM

Lima, 17 de septiembre de 2010

CONSIDERANDO:

LEY N2 29584

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Que, los días 28 y 29 de septiembre de 2010 se realizará en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, un Foro en materia de Eficiencia Energética y Acceso, así como un Taller Regional de Capacitación en Diseño e Implementación de Políticas de Eficiencia Energética, organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, el Banco Mundial, y la Secretaría de Energía de México;

Que, el Ingeniero Pedro Sánchez Gamarra, Ministro de Energía y Minas, ha sido invitado por



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos