Tipo de Norma: Ley
Número: 2926
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02926LEY N.° 2926
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos diez y ocho.
Antonio Miró Quesada, Presidente del Senado.
Creando el distrito de Pucará, en la provincia de Huancayo
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana•
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l.°—Créase en la provincia de Huancayo, el nuevo distrito de Pucará, compuesto del pueblo de este nombre, que será su capital y de los de Asea, Chucos, Marcavalle, Pachachaca y Ra-quina, con sus respectivos anexos.
Artículo 2.°—Los límites del nuevo distrito serán: por el norte las tierras de la comunidad deSapallanga, en los puntos de Tillaccara, Juncayo, Jatunpam-pa, Anaylluyo-Sinha, Allpauclo, Batana, Estanciapampa, Luichos y Casaeancha; por el sur la línea que partiendo de Ya-naurcón, atraviesa Upyahuanca, la fortaleza de los incas conocida con el nombre de Lima Juhuarina, separa los terrenos de San Pedro de Pihuas y Pazos; por el este la línea que pasa por Ucchu-chuajTa-palla y Jatunsinha-ccasa y separa los terrenos de Pucará de las haciendas de Acocra, Huari y A copalea; y por el oeste la misma línea que siguiendo por Huarisca, Chupata, Sutcucorral, separa los terrenos de Pucará de los que pertenecen á los pueblos de Huacrapu-quio, Paccha, Cullhuas y Retama.
Juan Pardo, Diputado Presidente.
Miguel D Gonzálesy Senador Secretario
Luis A. Carrillo. Diputado Secretario.
Al Señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los seis días del mes de diciembre de mil novecientos diez y ocho.
José Pardo.
Clemente J. Revilla•
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.