Ley Nº 28905

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Número: 28905


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 28905

El Peruano

Lima, viernes 24 de noviembre de 2006

¥ NORMAS LEGALES

333381

f-

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES

Res. N° 129-2006-PD/OSIPTEL.- Amplían plazo para presentación de informe técnico referente a la propuesta final sobre fijación o revisión de tarifas tope por alquiler de circuitos de larga distancia

nacional provisto por Telefónica del Perú S AA. 333436

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE LOS REGISTROS PUBLICOS

Res. N° 146-2006-SUNARP/GG.- Designan funcionarios responsables de brindar información en diversas Oficinas Regístrales de

la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo 333437

Fe de Erratas Res. N° 145-2006-SUNARP/GG 333438

"N

MUNICIPALIDAD DE COMAS

Acuerdo N° 102-2006-C/MC.- Disponen el embanderamiento general en el distrito por el Día Internacional de la No Violencia contra la

Mujer 333445

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

D.A. N° 021 -2006-ALC/MSI.- Modifican DA N° 012-2006-ALC/MSI mediante la cual se aprobaron Parámetros Urbanísticos y

Edificatorios del distrito de San Isidro 333446

PROVINCIAS

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO

Ordenanza N° 061-2006-CR-GRH.- Aprueba la conformación del Consejo Regional del Deporte Escolar en el ámbito del Gobierno

Regional Huánuco 333438

Ordenanza N° 062-2006-CR-GRH.- Declara como una de las prioridades del desarrollo social del Gobierno Regional Huánuco la

promoción de los Derechos al Nombre y la Identidad 333439

Ordenanza N° 063-2006-CR-GRH.- Crea la Comisión Regional

de Promoción y Consumo de Productos de la Región 333440

Ordenanza N° 067-2006-CR-GRH.- Aprueba la conformación del Comité Multisectorial para la reducción de la demanda de drogas en

el ámbito del Gobierno Regional de Huánuco 333441

Ordenanza N° 068-2006-CR-GRH.- Aprueba la conformación de la Red de Desarrollo Social Local en la junsdicción de la provincia de

Leoncio Prado 333442

Ordenanza N° 069-2006-CR-GRH.- Aprueba el Plan Regional para la reducción de la mortalidad materna 2006 - 2010 en el ámbito del

Gobienro Regional Huánuco 333444

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA

Acuerdo N° 205-2006/MDV-CDV.- Aprueban Directiva para la

Formulación del Plan Operativo Institucional 2007 (POI) 333447

D.A. N° 008-2006/MDV-ALC.- Aprueban Directiva que establece “Disposiciones de Neutralidad y Transparencia Política para los Servidores Públicos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla durante el

Proceso Electoral del Año 2006" 333447

R.A. N° 321-2006/MDV-ALC.- Declaran improcedente nulidad

interpuesta contra la R.A N° 286-2006/MDV-ALC 333448

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUISHUAR - TAYACAJA

R.A. N° 021-2006-A-MDQ.- Autorizan adquisición de tubería para la construcción del Canal de Irrigación Chiara Vilcapata 333449

GOBIERNOS LOCALES SEPARATA ESPECIAL

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

D.A. N° 073.- Suspenden ejecución de obras en propiedad privada y en vía pública en la zona denominada Mesa Redonda 333444

PODER LEGISLATIVOCONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 28905

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE FACILITACIÓN DEL DESPACHO DE MERCANCÍAS DONADAS PROVENIENTES DEL

EXTERIOR

Artículo 1°.- Objeto de la Ley La presente tiene por objeto facilitar el despacho aduanero de las mercancías provenientes del exterior que ingresan al país en el marco de la cooperación internacional no reembolsable a título de donación.

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

Fe de Erratas Res. N° 322-2006-CNM 333450

___J

Artículo 2°.- Trámite de despacho

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT atiende de manera preferendal el despacho de mercancías donadas provenientes del exterior, cuya importación se encuentre inafecta del pago de los tributos aplicables previo cumplimiento de las formalidades correspondientes conforme a ia legislación vigente.

Es responsabilidad de las entidades receptoras de donaciones efectuar el trámite de despacho aduanero de las mercancías.

Transcurridos treinta (30) días, desde la fecha de levante de las mercancías, sin que el sector haya emitido la resolución de aceptación y/o aprobación según corresponda, se considerará que la donación ha sido aceptada o aprobada y se procederá a regularizar el despacho para efectos tributarios y aduaneros, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y penales y de cualquier índole que correspondan a la entidad que debió aprobar o aceptar la donación.

Artículo 3°.- Misiones Profesionales Humanitarias

Las mercancías donadas provenientes del exterior, inafectas al pago de los tributos aplicables a la importación, de conformidad con la legislación vigente, que lleguen ai país junto con el equipaje acompañado de los miembros de las Misiones Profesionales Humanitarias, deben ingresar cumpliendo con los requisitos que se establezcan en el reglamento de la presente Ley.

Para tal efecto, las entidades receptoras de donaciones deben orientar y recibir a los integrantes de las Misiones Profesionales Humanitarias y desaduanar las mercancías donadas.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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