Ley Nº 28835

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 28835

324754

@NORMAS LEGALES

El Peruano domingo 23 de julio de 2006

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil seis.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros

0354-39

RESOLUCION LEGISLATIVA

N228833

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL "PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS 0 PENAS CRUELES, INHUMANOS 0 DEGRADANTES"

Articulo único.- Objeto de la Resolución Legislativa

Apruébase el "Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes", adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2002, de conformidad con los artículos 56° y 102° -inciso 3- de la Constitución Política del Perú.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil seis.

MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO

Presidente del Congreso de la República

FAUSTO ALVARADO DODERO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE

LA REPÚBLICA

Lima, 21 de julio de 2006

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente del Consejo de Ministros

00354-40

RESOLUCION LEGISLATIVA

NQ28834

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA ADHESIÓN DEL PERÚ AL "ACUERDO SOBRE LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES (FLACSO)"

Artículo único.- Objeto de la Resolución Legislativa

Apruébase la adhesión del Perú al "Acuerdo sobre la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)", adoptado el 8 de junio de 1979, en la ciudad de San José de Costa Rica, República de Costa Rica, de conformidad con el inciso 4 del artículo 56° y el -inciso 3- del articulo 102° de la Constitución Política del Perú.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil seis.

MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO

Presidente del Congreso de la República

FAUSTO ALVARADO DODERO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Lima, 21 de julio de 2006

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente del Consejo de Ministros

0354-41

RESOLUCION LEGISLATIVA

N228835

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA "CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES"

Artículo único.- Objeto de la Resolución Legislativa

Apruébase la "Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales", adoptada en el marco de la 33a Conferencia General de la UNESCO, el 20 de octubre de 2005, en la ciudad de París, República Francesa, de conformidad con los artículos 56° y 102° -inciso 3- de la Constitución Política del Perú.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil seis.

MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO

Presidente del Congreso de la República

FAUSTO ALVARADO DODERO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Lima, 21 de julio de 2006

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente del Consejo de Ministros

00354-42



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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