Tipo de Norma: Ley
Número: 28710
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28710Lima, jueves 13 de abril de 2006
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GOBIERNOS REGION RIESPROVINCIAS
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
Ordenanza N° 039-2006-CRC-GRC,- Aprueban Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo de Coordinación Regional del Cusco 316757
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR
GOBIERNOS LOCfilES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza N” 063-06/CM-MPE/C.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos 2006 de la Municipalidad Provincial de Espinar 316761
INICIñTTVñ l€GIStfiTIVfiCONGRESO DE LA REPUBLICA
Res. N® 574-2005-MML-GDU.- Ratifican resolución que aprobó proyectos referentes a habilitación urbana nueva de lote único de terreno 316758
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES
Ordenanza N° 167-MDSMP.- Establecen nuevos plazos para el pago al contado del Impuesto Predial 2006 y del Primer Trimestre en caso de pago fraccionado 316758
Ordenanza N° 168-MDSMP.- Establecen nuevos plazos para el pago de arbitrios correspondientes a los Ejercicios de los años 2002 al 2006 316759
Ordenanza N® 169-MDSMP.- Establecen Beneficio Temporal de Regularización Tributaria Administrativa
316760
Iniciativa Legislativa.- Ley que establece la obligatoriedad de someter a Referéndum la aprobación del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos de Norteamérica y el Acuerdo de Libre Comercio de las Américas (ALCA)
316762
SEPflRRTfi ESPECIfilRJ). N° 018-2006-EF/76.01.- Directiva para la Evaluación Anual del Presupuesto Institucional de las Entidades de Tratamiento Empresarial del Año Fiscal 2005 316659
R.D. N® 024-2006-EF/76.01.- Directiva para la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales correspondiente al Ejercicio Presupuestario 2005 316675
MUNICIPALIDAD DE SURCO
Ordenanza N® 258-MSS.- Establecen Beneficio Temporal de Uso Gratuito y Descuento en el Alquiler del Velatorio Municipal 316761
PODER LEGISlfiTIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Articulo 2°.- Deja sin efecto el artículo 14° del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-97-IN
Déjase sin efecto el artículo 14° del Reglamento de Va Ley de Nacionalidad aprobado por el Decreto Supremo N° 004-97-IN, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2002-IN.
LEY N2 28710EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DEJA SIN EFECTO LA RENUNCIA A LA NACIONALIDAD DE ORIGEN PARA ACCEDER AL OTORGAMIENTO DE LA NACIONALIDAD PERUANAArtículo 1°.- Objeto de la Ley Déjase sin efecto el siguiente párrafo del inciso e) del artículo 10° del Reglamento de la Ley de Nacionalidad aprobado por el Decreto Supremo N° 004-97-IN, modificado por Decreto Supremo N° 010-2002-IN:
“(...) así como, para que entregue el documento público de renuncia a su nacionalidad realizada ante la autoridad competente de su país de origen, y del documento público en el que conste la aceptación de la misma por parte de las referidas autoridades legalizados por el Cónsul Peruano o por la representación consular de su país de origen acreditado en el Perú y por el Ministerio de Relaciones Exteriores (...).”
DISPOSICION TRANSITORIA Y COMPLEMENTARIA
ÚNICA.- Los expedientes en trámite sobre obtención de nacionalidad peruana por naturalización se adecuarán a lo dispuesto en la presente Ley, sin perjuicio de observar los demás requisitos exigidos por el Decreto Supremo N° 004-97-IN y demás modificatorias.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observaciones formuladas por el señor Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108° de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los doce días del mes de abril de dos mil seis.
MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO
Presidente del Congreso de la República
FAUSTO ALVARADO DODERO
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.