Tipo de Norma: Ley
Número: 28619
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28619Lima, martes 1 de noviembre de 2005
Pág. 303455
POD6R LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA
N228619
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DOÑA MARÍA ESTHER GRANADOS ULLOA DE AYLLÓN, DÁMASO DE RIVERO GUZMÁN, NORA EDITH BARR GARCÍA, RAFAEL AMARANTO CASTILLO, OSCAR GUILLERMO AVILÉS ARCOS, JOSÉ ARTURO TORRES VENTOCILLA, LUIS ABANTO MORALES, ANGÉLICA HARADA VÁSQUEZ Y DON LUIS ALBERTO LA MADRID ALVARADO DESTACADOS INTÉRPRETES, CANTANTES DE LA MÚSICA CRIOLLA, CULTORES DEL FOLCLORE NACIONAL
Y DEPORTISTA CALIFICADO
Articulo 1°.- Del objeto
Concédese Pensión de Gracia a los señores María Esther Granados Ulloa de Ayllón, Dámaso de Rivero Guzmán, Nora Edith Barr García, Rafael Amaranto Castillo, Oscar Guillermo Avilés Arcos, José Arturo Torres Ventocilla, Luis Abanto Morales, Angélica Harada Vásquez y Luis Alberto La Madrid Alvarado ascendente a Novecientos Veinte y 00/100 Nuevos Soles mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado.
Articulo 2°.- De la naturaleza La Pensión de Gracia a que se refiere el artículo precedente es personal, intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.
Articulo 3°.- Del cumplimiento El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efectuarse las acciones administrativas, con cargo a su presupuesto institucional aprobado por Ley N° 28427, sin generar una demanda de recursos adicionales al Tesoro Público y de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes.
Articulo 4°.- De la vigencia La presente Resolución entrará en vigencia al dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil cinco.
MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República
FAUSTO ALVARADO DODERO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros
18544
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
N228620
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL ENTRE LOS DÍAS 3
AL 6 DE NOVIEMBRE DE 2005
El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102° numeral 9) y 113o numeral 4) de la Constitución Política, en el artículo 76° inciso j) del Reglamento del Congreso y en la Ley N° 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional entre los días 3 al 6 de noviembre del presente año, con el objeto de cumplir actividades de la agenda presidencial internacional en la ciudad de Mar del Plata, República Argentina.
La presente Resolución Legislativa entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil cinco.
MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO
Presidente del Congreso de la República
FAUSTO ALVARADO DODERO
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
Lima, 31 de octubre de 2005.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
18545
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO
N2 009-2005-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
Lima, 31 de octubre de 2005
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.