Tipo de Norma: Ley
Número: 28617
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28617Lima, sábado 29 de octubre de 2005
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SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
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MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Res. N® 168-2005/SBN-GO-JAR.- Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Tabalosos, provincia de Lamas 303218
D.A. N® 08-2005-MDLO/ALC.- Autorizan la celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito 303232
MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA
GOBI6RNOS R6GIONRL6SGOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Decretos N®s. 0001 y 0002-2005-GRU-P.- Reconocen al Himno Oficial, la Bandera y Escudo Regional como patrimonio cultural y emblemas regionales de la Región Ucayali 303219
GOBIERNOS IOCR16SMUNICIPALIDAD DE ANCÓN
Ordenanza N® 058-2005-MDA.- Modifican el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Escala de Multas de la Municipalidad 303220
R.A. N® 237-2005-A/MDA.- Imponen medida disciplinaria de destitución a ex funcionario de la Municipalidad 303220
Res. N° 1519/04-MDL.- Aprueban proyecto de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito 303233
Ordenanza N° 112/ML.- Establecen régimen de Tasa de Estacionamiento Vehicular en playas del distrito 303233 Ordenanza N® 113/ML.- Establecen disposiciones administrativas para dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Constitucional publicada el 17 de agosto de 2005 303234
Ordenanza N® 116/ML.- Regulan uso de elementos de seguridad en el distrito 303235
Acuerdo N® 124-2005/ML.- Autorizan viaje del Alcalde para participar en eventos a realizarse en Alemania y España 303237
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
R.A. N® 369.- Sancionan con cese temporal a ex Tesorero de la Municipalidad 303238
MUNICIPALIDAD DE ATE
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DELTRIUNFO
Ordenanza N® 091-MDA.- Modifican la determinación de las Tasas de Arbitrios Municipales 303222
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Ordenanza N® 081-A/MDC.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad 303230
D.A. N® 012-2005-A/MDC.- Amplían alcances de las Ordenanzas N°s. 083 y 084-A/MDC, que establecieron beneficios para arbitrios y saneamiento de deudas tributarias y administrativas 303231
Ordenanza N® 200.- Aprueban tarifa aplicable a servicios y ocupación de espacios en el interior y exterior del Cementerio Municipal Virgen de Lourdes Aprueban tarifa aplicable a servicios y ocupación de espacios en el interior y exterior del Cementerio Municipal Virgen del Lourdes del 29 de octubre al 2 de noviembre del 2005 303239
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ordenanza N° 104-MDL- Modifican artículos del Reglamento \de Organización y Funciones de la Municipalidad 303231
POD6R LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY N* 28617EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE LA BARRERA ELECTORALArticulo 1°.- Modifica los artículos 20° y 87° de la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859
Modifícanse los artículos 20° y 87° de la Ley Orgánica de Elecciones, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera:
"Congreso de la República
Artículo 20°.- Las Elecciones para Congresistas se realizan conjuntamente con las elecciones para Presidente y Vicepresidentes de la República.
Ordenanza N® 019-2005-MDCH.- Establecen disposiciones para el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 0053-2004-PI/TC_303240/
Para acceder al procedimiento de distribución de escaños del Congreso de la República se requiere haber alcanzado al menos seis (6) representantes al Congreso en más de una circunscripción electoral, es decir cinco por ciento (5%) del número legal de sus miembros o haber alcanzado al menos el cinco por ciento (5%) de los votos válidos a nivel nacional.
Vigencia
Artículo 87°.- Los partidos políticos y las alianzas que para el efecto se constituyan pueden presentar fórmulas de candidatos a Presidente y Vicepresidentes, y listas de candidatos a congresistas en caso de Elecciones Generales, siempre que estén inscritos o tengan inscripción vigente en el Jurado Nacional de Elecciones. Se considera vigente la inscripción de los partidos políticos y alianzas de partidos que hayan obtenido representación parlamentaria en el último proceso de Elecciones Generales.
Los partidos políticos que no hayan obtenido representación parlamentaria mantendrán vigencia temporalmente por espacio de un (1) año, al vencimiento del cual se cancelará su inscripción."
Artículo 2°.- Modifica el artículo 13° de la Ley de Partidos Políticos, N° 28094
Modifícase el artículo 13° de la Ley de Partidos Políticos, que quedará redactado como sigue:
"Cancelación de las inscripciones Articulo 13°.- El Registro de Organizaciones Politicas.de oficio o a pedido de los personeros legales, cancela la inscripción de un partido en los siguientes casos:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.