Tipo de Norma: Ley
Número: 28504
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28504Pág. 292216
Lima, domingo 8 de mayo de 2005
(
Ordenanza N° 020-2004-GR.LAMB./CR..- Modifican el Organigrama Analítico de Personal y el Cuadro Nominativo de Personal 292248
Ordenanza N° 010-2005-GR.LAMB./CR..* Garantizan la ¡mplementaáón y funcionamiento de los municipios escolares en instituciones de educación inicial, especial, primaria y secundaria en el ámbito de la Dirección Regional de Educación 292250
GOBIERNO REGIONAL DE PIURARes. N° 033/2005-GRP-PECHP-406000.- Designan funcionarios responsables de brindar información y de elaborar el portal de Internet en aplicación del principio de publicidad 292251
N,
DA. N° 005-2005-MSB.-Aprueban formatos de notificación preventiva y de resolución de multa administrativa relativos al Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad 292255
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDROOrdenanza N° 107-MSI.- Adecúan la Ordenanza N° 083-MSI a la Ordenanza N° 739-MML, referidas a la tasa por concepto de estacionamiento vehicular 292255
Ordenanza N° 109-MSI.- Modifican la Ordenanza N° 082-MSI en el sentido que se designa como Secretario Técnico del Consejo de Coordinación Local a la Secretaría General del Concejo de la Municipalidad 292256
GOSI6RNOS LOCRL6S
MUNICIPALIDAD DE SAN LUISAnexo Ordenanza N6 019-MDSL.- Anexo de la Ordenanza N°019-MDSL mediante la cual se aprobó la Reestructuración del Reglamento Interno del Concejo Municipal 292257
D.A. N° 013-2005-MDB.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 221-MDB que otorgó beneficio especial para conductores del Mercado Municipal N° 2 292251
MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINOR.A N° 153-A-2005-S EG E-02-M DEA - Declaran nulidad de licitación pública respecto de ítems relativos al suministro de alimentos para el Programa del Vaso de Leche 292252
MUNICIPALIDAD DE PACHACAMACOrdenanza N° 023-2005-MDP/C.- Prorrogan plazo para el vencimiento de la primera y segunda cuota del Impuesto Predial 292252
Acuerdo N° 014-2005-MDP/C.- Declaran en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de producto para el Programa del Vaso de Leche 292253
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCORA. N° 274-2005-RASS.- Declaran nulidad de adjudicación directa pública para ejecutar obra de remodelación de redes eléctricas en el Parque Graña Ottone 292264
R.A. N° 275-2005-RASS - Declaran nulidad de licitación pública convocada para suministro de gas licuado de petróleo 292265
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFOOrdenanza N° 181.- Prorrogan vigencia de las Ordenanzas N°s. 179 y 180 mediante las cuales se otorgaron beneficios tributarios y prórroga de pago de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 292266
PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA MUNICIPALIDAD DE LA PUNTAOrdenanza N° 338-MSB.- Modifican el Reglamento sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas aprobado mediante la Ordenanza N° 158-CDSB-C 292254
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Ordenana N° 008-2005-MDLP/ALC.- Establecen Régimen de Gra-dualidad de Sanciones para deudores tributarios 292266
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POD6R LEGISLATIVOCONGRESO DE LA REPUBLICARESOLUCION LEGISLATIVA
N*28504
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DON ZENOBIO DAGHA SAPAICO, DESTACADO MÚSICO Y COMPOSITOR DE LA MÚSICA FOLKLÓRICA PERUANA
Artículo 1°-- Del objeto de la Resolución LegislativaConcédese Pensión de Gracia al señor ZENOBIO DAGHA SAPAICO, ascendente a Novecientos Veinte y 00/ 100 Nuevos Soles mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado.
Artículo 2°.- De la naturaleza
La Pensión de Gracia a que se refiere el artículo precedente es personal, intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.
Artículo 3°.- Del cumplimiento
El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efectuarse las acciones administrativas, con cargo a su presupuesto institucional aprobado por Ley N° 28427, sin generar una demanda de recursos adicionales al Tesoro Público y de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes.
Artículo 4°.- De la vigencia
La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintinueve dias del mes de abril de dos mil cinco.
ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.
Presidente del Congreso de la República
NATALE AMPRIMO PLÁ
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 5 de mayo de 2005
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
08792LEY N2 28505
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.