Ley Nº 28392

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 28392

Lima, viernes 19 de noviembre de 2004

Pág. 280637

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

Acuerdo N° 037-2004-CR/GRL.- Aprueban Plan Anual de Inversiones del Gobierno Regional de Lima para el año 2004 280677

GOBI6RNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Acuerdo N° 317.- Ratifican Ordenanzas de la Municipalidad Distrital de Ate referentes a montos de derechos de emisión y arbitrios de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgo para el ejercicio 2004 280678

R. J. N° 001-004-00000587.- Precisan alcances de la OrdenanzaN0110, conrelación al Servicio de Administración Tributaria - SAT 280680

MUNICIPALIDAD DE BREÑA

Ordenanza N° 135-04-MDB.- Apmeban Beneficio Tributario y Administrativo en el distrito 280680

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS

R.A. N° 636-2004-MDCH.- Apmeban modificación del PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al Ejercicio Pre-supuestal 2004 280682

MUNICIPALIDAD DE COMAS

Ordenanza N° 136-C/MC.- Apmeban Beneficio Especial de Regula-rización de Habilitaciones Urbanas en el distrito 280682

Ordenanza N° 138-C/MC.- Apmeban el Reglamento de Autorización de Jardín de Aislamiento 280683

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

R.A. N° 881-2004.- Declaran nulidad de proceso de adjudicación de menor cuantía para construcción de veredas en asentamiento humano 280685

V

______

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

Acuerdo N° 83-2004/CDLO.- Declaran en situación de urgencia la adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche 280686

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

R.A. N° 527-2004-AL/MDSMP.- Instauran proceso administrativo disciplinario a servidor por presunto incumplimiento de funciones

280687

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

Ordenanza N° 167.- Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 163 referente a beneficios tributarios 280687

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA

Ordenanza N° 025-2004/MDV-ALC.- Reglamentan prohibiciones y sanciones al acceso a páginas pornográficas por parte de menores de edad en cabinas de intemet 280688

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

R.A. N° 0615-04-MC.- Modifican el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el ej ercicio 2004 280689

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO

R.A. N° 411-04-MPLP - Modifican el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el ejercicio 2004 280689

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA

Acuerdo N° 09-SE-2004-MDY.- Declaran en urgencia el Servicio de B aj a Policía 280690

y

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

RESOLUCION LEGISLATIVA

Ng28392

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL ENTRE LOS DÍAS 19 AL 22 DE NOVIEMBRE DE 2004

El Congreso de la República, de conformidad con lo Drescrito en los artículos 102° inciso 9) y 113° inciso 4) de a Constitución Política, en el artículo 76° inciso j) del Reglamento del Congreso y en la Ley N° 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional entre los días 19 al 22 de noviembre del presente año, con el objeto de cumplir actividades de la agenda presidencial internacional en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile.

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil cuatro.

ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.

Presidente del Congreso de la República

NATALE AMPRIMO PLÁ

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Lima, 18 de noviembre de 2004

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO

Presidente del Consejo de Ministros

20986



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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