Ley Nº 28285

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 28285

Pág. 272574

Lima, sábado 17 de julio de 2004

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N2 28283

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL “CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE BOUVIA A FAVOR DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO”

Artículo único.- Objeto

Apruébase el “Convenio de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia a favor del Gobierno Municipal de la Ciudad de El Alto”, suscrito en la ciudad de La Paz, República de Bolivia, el 5 de marzo de 2004, de conformidad con los artículos 56° inciso 4) y 102° inciso 3)de la Constitución Política del Perú.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil cuatro.

HENRY PEASE GARCIA

Presidente del Congreso de la República

MARCIANO RENGIFO RUIZ

Primer Vicepresidente del

Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Lima, 16 de julio de 2004

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO

Presidente del Consejo de Ministros

13396

RESOLUCION LEGISLATIVA

N2 28284

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL “CONVENIO TÉCNICO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPÚBLICA DE FRANCIA PARA LA COOPERACIÓN EN EL CAMPO DE MATERIALES PARA LA DEFENSA”

Artículo único - Objeto de la Resolución Legislativa

De conformidad con los artículos 56° y 102° inciso 3) de la Constitución Política, apruébase el “Convenio Técnico entre el Ministerio de Defensa de la República del Perú y el Ministerio de Defensa de la República de Francia para la Cooperación en el Campo de Materiales para la Defensa", suscrito en la ciudad de París, República de Francia, el 6 de octubre de 2003.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil cuatro.

HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República

MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 16 de julio de 2004

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros

13397

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N9 28285

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL “CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ SOBRE COOPERACIÓN FINANCIERA 2002”

Artículo único.- Objeto

Apruébase el “Convenio entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú sobre Cooperación Financiera 2002", suscrito en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, el 15 de octubre de 2003, suscrito en la ciudad de Lima, el 27 de agosto de 2003, de conformidad con los artículos 56° inciso 4) y 102° inciso 3) de la Constitución Política del Perú.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil cuatro.

HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República

MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 16 de julio de 2004

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros

13398



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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