Ley Nº 28146

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 28146

Tipo de Norma: Ley

Número: 28146


Visualización de la norma: Ley 28146



Descargar Ley 28146 en PDF -

documento PDF

 28146

Lima, martes 30 de diciembre de 2003

HENRY PEASE GARCÍA

Presidente del Congreso de la República

LEY Ne 28146

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Ha dado la Ley siguiente:

Mando se publique y cumpla.

LEY QUE PRORROGA EL PLAZO DE LA TERCERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DE LA LEY NQ 27037 Y LA VIGENCIA DEL ARTÍCULO 48s DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO

AL CONSUMO

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros

24209 Artículo 1°.- Importaciones

Hasta el 31 de diciembre de 2004, la importación de bienes que se destine al consumo de la Amazonia, se encontrará exonerada del Impuesto General a las Ventas, de acuerdo a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias.

Artículo 2°.- Reintegro tributario a los comerciantes

Manténgase vigente hasta el 31 de diciembre del año 2004, el reintegro tributario del Impuesto General a las ventas a los comerciantes de la Región de la Amazonia, según lo dispuesto en el artículo 48° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF y sus normas complementarias y reglamentarias.

Artículo 3°.- Derogatorias

Deróganse o déjanse sin efecto, según corresponda, las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los quince días del mes de diciembre de dos mil tres.

LEY Ne 28147

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRORROGA LO DISPUESTO EN LA

LEY NQ 27900, SOBRE EL PORCENTAJE DEL APORTE DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS AL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES

Artículo Único.-Aporte de los trabajadores del Sistema Privado de Pensiones

A partir del 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004 el aporte de los trabajadores a que se refiere el inciso a) del artículo 30° del Decreto Supremo N° 054-97-EF, Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, será de 8% de la remuneración asegurable.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

PROXIMAMENTE

CHICLAYO

SEMINARIO

LIMA

08, 09 de Enero del 2004 de 18:00 a 21:30 Hrs. y 10 de Enero del 2004 de 09:00 a 12:30 Hrs.

REFORMA

TRIBUTARIA

2004

TRIBUTACION

PODER DEL ESTADO

PRINCIPIOS GENERALES

3RA

A DE

- ITF ((MPUESTO A LAB TRANSACCIONES FINANCIERAS} Y SU INCIDENCIA

IGV VIGENTE CODIGO TRIBUTARIO

- INFRACCIONES TRIBUTARIAS

REGIMENES TRIBUTARIOS VIGENTES

RUS

RER

EXONERACIONES

REGIMEN GENERAL

CAMBIOS EN RENTA, PAGOS A CUENTA RENTA Id. 2a ,4a, 5a

Organiza: CARHOTUR CONSULTORES

É «PRESA PROMOCIONAL PARA PERSONAS CON DI3CAPAC1DAD

CAL : Luis H, Alcala Caycho

Director ; Paleimu Vaiyas Tupia ( Economista)

Jr, Pablo Bermudez N* 286 Of. 303 Jesús María

COSTO;

CPC ; Sergio Yraita Montes CAL . Mario Lii « Die¿

Público en Oenera I USOS 30.00 TARIFA CORPORATIVA + DE 3 per$.

CTA MN 058 1009410 CIA ME 058-7095719 BCO WIESSE

Telef 433-7406 / 330^0086 Fax. 424-7549 / 423-2723 / 423^0968 Ce!. 9965-9284



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos