Ley Nº 2805

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2805


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 02805

LEY N.° 2805

Canal “Condorcoto”: consignando

partida en el Presupuesto

General

para su reparación.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Consígnese en el Presupuesto General de la República, para

nrAvimn afin la cantidad dp un mil



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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