Tipo de Norma: Ley
Número: 280
documento PDF
00280Res. leg. N.° 280 Pensión al sargento P. Vargas
Lima, 29 de octubre de 1906 Excmo. señor:
El Congreso en uso de la atribución que le confiere el inciso 23 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto conceder al sargento l.° del escuadrón Húsares de Junin, don Paulino Vargas, único sobreviviente del combate de Agua Santa con el ejército chileno, la pensión vitalicia de siete libras mensuales.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V. E. — M. C. Barrios, Presidente del Senado. — Juan Pardo, Primer Vice-Presidente de la Cámara de Diputados. — Julio Revoredof Senador Pro-Secretario.—A. F. León, Diputado Secretario.
Excmo. señor Presidente de la República.
Lima, 30 de octubre de 1906
Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese.-- Rúbrica de S. E.—Muñiz.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.