Ley Nº 2772

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2772


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 02772

LEY N 2772

Orfelinato

Belén de la cindad del Cuzco: subvención.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

por cuanto el Congreso ha dado la ley

siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. — Votase en el Presupuesto General de la República, la suma de doscientas cuarenta libras anuales para subvencionar al Orfelinato de Belén, de la ciudad del Cuzco.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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