Ley Nº 27001

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 27001 Pág. 166412

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NORMAS LEGALES

Lima, jueves 26 de noviembre de 1998

El Poder Ejecutivo, en un plazo de 60 (sesenta) días, contados a partir de la vigencia de la presente ley, dictará las disposiciones complementarias que se requieran para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo, de acuerdo a Ley.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASPrimera.- Del régimenlaboral del personal transferido

El personal que resulte transferido a la Presidencia del Consejo de Ministros conservará el régimen laboral en el que se encuentre a la fecha de la publicación de la presente ley.

Segunda.- Reformulación del Cuadro para Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de Personal

Autorízase a la Presidencia del Consejo de Ministros a reformular su correspondiente Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y su Presupuesto Analítico de Personal (PAP) sin exceder los montos presupuéstales asignados y transferidos.

Tercera.- Disposición derogatoria

Deróganse las disposiciones legales o reglamentarias que se opongan a la presente ley 0 limiten su aplicación.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República

RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima! a los veinticinco días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y

ocho.

tran sujetos a lo dispuesto en la Ley N" 26569 - Ley de Privatización de los Mercados Públicos.

Artículo 2o.- Adecuación del Reglamento de la Ley.

Mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Agricultura, Salud y de la Presidencia, y en un plazo no mayor de 60 días contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se adecuará el Reglamento de la Ley N" 26569 a los términos de esta Ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.

CARLOS TORRES Y TORRES LARA, Presidente del

Congreso de la República.

EDITH MELLADO CESPEDES, Primera

Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderado por el Congreso de la República el proyecto de Ley, observado por el Presidente de la República, ha quedado en consecuencia sancionada dicha iniciativa en su integridad; y, en observancia de lo dispuesto por el Artículo 108" de la Constitución Política del Perú, mando se comunique a la Presidencia del Consejo de Ministros para su publicación y cumplimiento.

En Lima, a los veinte días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

VICTOR JOY WAY ROJAS

Presidente del Congreso de la República

RICARDO MARCENARO FRERS

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

Lima, 25 de noviembre de 1998

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros

13797

LEY N2 27001

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidenta del Congreso de la República

POR CUANTO:

El Congreso de la República, ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRECISA LOS ALCANCES DE LA LEY NQ 26569 - LEY DE PRIVATIZACION DE LOS MERCADOS PUBLICOSArtículo 1°.- Objeto de la Ley.

Precísase que la transferencia de los mercados de abastos ubicados en inmuebles de propiedad del Estado, sea municipal o de cualesquiera otras entidades comprendidas dentro del Sector Público Nacional, se encuen-

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros

13798

Autorizan pago de viáticos a congre sista que participará en evento sobre sistemas de inspección del trabajo, a realizarse en Panamá

RESOLUCION N° 072-98-P/CR

Lima, 24 de noviembre de 1998

Vista la comunicación del señor Víctor E. Tokman, Subdirector General de la Organización Internacional del Trabajo y Director Regional para las Américas, mediante la cual se dirige al señor congresista de la República, Luis Delgado Aparicio, Presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, en relación con la “Reunión tripartita Latinoamericana sobre los sistemas de inspección del trabajo”, que se realizará en la ciudad de Panamá del 25 al 27 de noviembre de 1998; por lo que hace llegar el programa y guía metodológica;

De conformidad con los Artículos 23” inciso h);30' inciso i), 32” y 33” del Reglamento del Congreso de la República; Acuerdo de Mesa Directiva N° 002-98-99/ME-SA-CR; y,

Estando a lo acordado por la Mesa Directiva en su sesión del 16 de noviembre de 1998;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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