Ley Nº 2655

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Tipo de Norma: Ley

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 02655

Res. Leg. N°. 2655

Dispensando de la práctica del Derecho á don Pedro Fernando Oviedo

Lima, 30 de noviembre de 1917. Señor Presidente:

El Congreso ha resuelto que a don Pedro Fernando Oviedo, se le dispense el tiempo de práctica de Derecho que le falta para optar el título de doctor en la Facultad de Jurisprudencia, y ejercer la profesión de abogado.

Lo comunicamos a usted para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

J. C. Bernales, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente.

— Juan E. Durand, Secretario del Senado.

— Luis A. Carrillo, Diputado Secreta-tario.

Al Señor Presidente de la República.

Lima, 18 de diciembre de 1917.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pubiíquese y archívese.

Rúbrica del Presidente de la República.

Flórez •



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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