Ley Nº 26348

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 26348

Autorizan viaje del Presidente de la República para que asista a la VIII Cumbre de Jefes de Estado del Grupo de Rio y a Encuentro Tripartito de Presidentes de las

Repúblicas de Perú, Bolivia y Paraguay

Resolución Legislativa N° 26348

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso Constituyente Democrático, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del artículo 102o. y el Artículo 113o. de la Constitución Política del Perú, ha resuelto deferir a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República, y en consecuencia autorizarlo para que, en ejercicio de la función Presidencial, pueda ausentarse del país, del 8 al 12 de Setiembre del presente año, con el fin de viajar al Brasil para asistir a la VIII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Mecanismo Permanente de Consulta y Concertación Política, Grupo de Río, y a Bolivia para participar en el Encuentro Tripartito de Presidentes de las Repúblicas de Perú, Bolivia y Paraguay.

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los siete días del mes de Setiembre de mil novecientos noventa y cuatro.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático Lima, 7 de setiembre de 1994

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

DANTE CORDOVA BLANCO

Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción,

Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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