Tipo de Norma: Ley
Número: 26252
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26252Facultan a la Federación Peruana de Fútbol para que adecúe sus estatutos a la reglamentación y estatutos de la Federación Internacional de Fútbol Asociado
Ley N° 26252
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
Artículo lo.- Facúltase a la Federación Peruana de Fútbol para que adecúe sus Estatutos a la reglamentación y Estatutos de la Federación Internacional de Fútbol Asociado.
Artículo 2o.- Los Estatutos que rigen a la Federación Peruana de Fútbol aseguran la elección democrática de sus autoridades, y rigen desde su ratificación por la Asamblea de Bases.
Los Estatutos prevén, asimismo, que el mandato de dichas autoridades tiene una duración de cuatro años.
Artículo 3o.- La proclamación, juramentación y asunción de cargos de las nuevas autoridades de la Federación Peruana de Fútbol se produce antes del 31 de Octubre de 1994.
Artículo 4o.- La presente ley rige desde el día de su publicación en el diario oficial.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres.
JAIME YOSHIYAMA
Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
ALFONSO BUSTAMANTE Y BUSTAMENTE Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales
RAUL VITTOR ALFARO Ministro de Educación
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.