Ley Nº 261

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Tipo de Norma: Ley

Número: 261


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 00261

Res. leg. N ° 261 Montepío á la viuda é hijos del coronel Acevedo

Lima, 23 de octubre de 1906 Excmo. señor:

El Congreso ha resuelto conceder como montepío á doña María Rosa Criado viuda del coronel don Abraham Acevedo y á sus menores hijos, la pensión de veinte libras mensuales.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á V. E.—M. C. Barrios, Presidente del Senado. — Juan Pardo, Primer Vice-Presidente de la H. Cámara de Diputados.—José Manuel García, Senador Secretario.— A. F. León, Diputado Secretario.

Excmo. señor Presidente déla República.

Lima, 25 de octubre de 1906.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese. —Rúbrica de S. E.—Aluñíz.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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