Tipo de Norma: Ley
Número: 25525
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25525Transfieren al INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE COMUNIDADES
CAMPESINAS-INDEC, del Ministerio
de Trabajo y Promoción Social al Ministerio de Agricultura
DECRETO LEY N2 25535
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción
Nacional
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo l5,—Transfiérase del Ministerio de Trabajo y Promoción Social al Ministerio de Agricultura, el INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE COMUNIDADES CAMPESINAS -INDEC-,
el mismo eme se incorporará como órgano estructurado de la Dirección General de Agricultura.
Artículo 2* _La transferencia a que se refiere el artículo precedente, comprende recursos humanos, financieros, materiales, saldos presupuéstales y acervo documentado.
Artículo 3-,_Los servidores del INDEC que se
integran a la Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura, conservarán el régimen laboral que legalmente les corresponde a la fecha de expedición del prerente Decreto Ley.
Artículo 4o._El Ministerio de Agricultura que
da facultado para dictarlas disposiciones que se requieran para el cabal cumplimiento del presente Decreto Ley, así como para modificar su Estructura Orgánica, Manual de Organización y Funciones y demás instrumentos normativos, con el fin de la incorporación del INDEC.
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Artículo 59.- Derógase las disposiciones legales _e se opongan a lo previsto en el presente Decreto ey, el cual entrará en vigencia apartir de la fecha de su publicación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.