Ley Nº 25487

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 25487

Autorizan a la Corporación Nacional de Desarrollo, CONADE y a la Corporación Nacional Financiera CO-NAFI, a suscribir y ejecutar contratos de trabajo con tos Presidentes del Directorio de Empresas del Estado.

DECRETO LEY N» 25487

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo IV Precísase aue la Corporación Nacional de Desarrollo-CONADE y la Corproación Nacional Financiera-CONAFI están autorizadas para

con los Presidentes dé Directorio de las Empresas del Estado, cuando dicho cargo sea desenseñado a tiempo co

Ítieto.en concordancia con 10 escarnecido en el Artícu-o 41® de la Ley N° 24948, Ley de la Actividad Empresarial del Estado que mantiene plena vigencia.

Artículo 2*.- Autorízase a COÑADE y a CONA-FI a suscribir en vía de regularización, desde la fecha de su nombramiento los contratos con los Presidentes de Directorio de las Empresas del Estado que se encontraren en funciones.

Artículo 3V El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de mayo dé mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA

Ministro de Defensa

CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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