Tipo de Norma: Ley
Número: 2544
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02544LrEY N°. 2544.
Agua potable para
la ciudad de Calca
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese en el Presupuesto departamental del Cuzco para el año próximo una partida de trescientas veinte libras peruanas de oro, siete soles, sesenta y cuatro centavos, desti-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.