Tipo de Norma: Ley
Número: 25386
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25386El INABEC, además de sus funciones, desarrollará un plan nacional y permanente de crédito educativo, destinado a cubrir los costos de estudio, profesionalización y perfeccionamiento de estudiantes de diferentes niveles de educación, que requieran este apoyo.
LEY N°25386
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
EL CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIENTE:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 10 El Instituto Nacional de Becas (INABEC ), organismo integrante del Ministerio de Educación, directamente dependiente
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señaladas, desarrollará un plan nacional y permanente de crédito educativo, destinados a cubrir los costos de estudio, profesionaliza-ción y perfeccionamiento de los estudiantes de los diferentes niveles de educación, que requieran este apoyo.
Artículo 2o El INABEC a través del Ministerio de Educación, promoverá la participación de los diferentes sectores públicos y privados a fin de obtener los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 3o El crédito educativo es una ayu-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.