Tipo de Norma: Ley
Número: 25378
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25378Derogan los párrafos segundo y tercero del Art. 2* de la Ley N
2526G
LEI W* 25.TJ8
EL PRESUíFNTR VF. LA RFTUDT.1CA
POR cuanto:
EL CONGRESO TTA DADO LA LEY SK3UIEN-
EL CONGRESO DE J,A REPUBLICA DEL PERU;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1. — Dcjrdganre los pArrafos secundo y tercero del Articulo 2 de 1;» 7,oy U~ 25200.
Artículo 7. — Las Comisiones OiganIrado-ras designadas de conformidad con el primer
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.