Ley Nº 25375

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 25375

Amplían hasta el 29 de Febrero de 1992 la delegación de facultades a que se contraen las Leyes

Nos. 25282 y 25321

LE* N 25375

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

EL CONGRESO HA DADO LA LE*

SIGUIENTE:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Ley siguiente;

Artículo Unico.— La delegación de facultades a que se contraen las leyes Nos. 25262 y 25321 se amplia hasta el 29 de febrero de 1992; y comprende la modificación de las normas legales que, a juicio de la Comisión Revisora del Código Procesal Civil, sean pertinentes.

Comuniqúese al Presidente de la Repüblica para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre de mil novecientos novan taluno.

FELIPE OSTERLING PARODI, Presidente del Senado.

ROBERTO RAMIREZ DEL VILLAR, Presidente de la Cámara de Diputados.

JORGE TORRES VALLEJO, Senador Segundo Secretarlo.

OSCAR URVIOLA HANI, Diputado Primer Secretarlo.

AI sefior Presidente Constitucional de Ja República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre de mil novecientos noventaiuno.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, Presidenta Constitucional de la República.

FERNANDO VEGA SANTA GADEA, Minie-tro de Justicia.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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