Tipo de Norma: Ley
Número: 2537
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02537LEY N5. 2537 Aumentando la partida destinada al pago de alquile** de locales para los juzgados de Primera Instancia de lea, y abono de haberes de los alguaciles
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artíenln Tinicn — An setenta
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.