Tipo de Norma: Ley
Número: 2531
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02531LEY N°. 2531
Prohibiendo la venta y el consumo de bebidas alcohólicas durantelos días sábado y domingo
KL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
5Í Congrio de. la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.— Prohíbese en el territorio de la República, durante los días sábado y domingo, la venta y consumo de l)ebidas alcohólicas en todos los establecimientos y lugares abiertos al público.
Los infractores de esta disposición serán penados con multa de un sol á cinco libras, y en caso de insolvencia de alguno de ellos, con trabajo obligatorio de uno 6 ocho días. Los reincidentes sufrirán arresto en la cárcel pública por igual número de días ó la clausura del establecimiento por el mismo período de tiempo. (•)
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.