Ley Nº 25262

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Tipo de Norma: Ley

Número: 25262


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 25262

Crea en la región Chavín la provincia de Ocros

Le y No. 25262

Artículo lo.- Créase en la región Chavín la provincia de Ocros, con su capital la ciudad Ocros.

Artículo 2o.-Trasládase la capital del distrito de Cochas al pueblo de Huanchay en la provincia de Ocros, región Chavín.

Artículo 3o.- La nueva provincia de Ocros, está conformada por los distritos de Acas, con su capital el pueblo de Acas; Cajamarquilla, con su capital el pueblo de Cajamar-quilla; Carhuapampa, con su capital el pueblo de Acó; Cochas, con su capital el pueblo de Huanchay; Congas, con su capital el pueblo de Congas; Llipa, con su capital el pueblo de Llipa; Ocros, con su capital la ciudad de Ocros; San Cristóbal de Rajan, con su capital el pueblo de Rajan; San Pedro, con su capital la Villa de Copa y Santiago de Chilcas, con su capital el pueblo de Santiago de Chilcas.

Artículo 4o.- Los límites de la provincia de Ocros han sido trazados en la Carta Nacional a escala 1:100,000 del año 1967, elaborada y publicada por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) en las cartas 21-h, 21-i;, 22-h, 22-i y son los siguientes:

Por el Norte.- Con los distritos de Colquioc, Huallaca-yan, Cajacayy TicIIos de la provincia de Bolognesi. A partir de un punto en la cumbre del cerro Lomo Largo, naciente de la quebrada Lomo Largo en la divisoria de aguas de la margen izquierda del río Fortaleza, el límite describe una dirección general Lste siguiendo la divisoria de aguas antes mencionada por las cumbres de los cerros Negro, Tranca, Mantamarca, Salvia, lluaman Huillca y Huaro Mayor (cota 3492 m.); desde esta última cumbre el límite sigue con dirección Norte hasta la desembocadura de la quebrada Jorcona en la quebrada Santa Rosa.

Desde el último lugar nombrado el límite continúa por el thalweg de la quebrada Santa Rosa. Aguas arriba hasta sus nacientes en la cumbre del cerro Jachipunta, para proseguir por la divisoria de aguas de la cuenca del río Purísima con las cuencas de los ríos Congas y Chonta u Ocros, uniendo las cumbres de los cerros Serafín, Milpo y Portachuelo.

Desde el último lugar nombrado el límite continúa por la divisoria de aguas uniendo las cumbres de los cerros Saquicocha, Yuracpunta, Cushuropunta y Palta Cavan.

Por el Norte.- Con los distritos de San Miguel de Cor-panqui y Canis de la provincia de Bolognesi. Desde el último lugar nombrado el límite prosigue por la divisoria de aguas uniendo las cumbres de los cerros Chonta, Cuartel Corral, Pishtamachay, Cacnacocha, Shinuacocha, Maradajirca y Purgajaba; desde esta última cumbre el límite sigue con dirección Sureste por la divisoria de aguas de las quebradas Ocucochay Jagahuain pasando por la cumbre del cerro Cruz Jarhuac, hasta la desembocadura de la quebrada Ocucocha

en el río Patívilca.

Por el Este.- Con el distrito de Mangas de la provincia de Bolognesi del departamento de Ancash, y los distritos de Copa y Huancapón de la provincia de Cajatambo del departamento de Lima. Desde el último lugar nombrado, el límite continúa por el thalweg del río Pativilca, aguas abajo hasta la desembocadura, por su margen izquierda, del río Gorgor.

Por el Sureste.- Con el distrito de Manas de la provincia de Cajatambo y el distrito de Ambar de la provincia de Huaura del departamento de Lima. Desde el último lugar nombrado, con dirección general Suroeste, el límite continúa por el thalweg del río Pativilca, aguas abajo hasta la desembocadura por su margen izquierda de la quebrada Nunucay; desde este punto el límite prosigue por el thalweg



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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