Tipo de Norma: Ley
Número: 2526
documento PDF
02526indultando al encarcelado Nemesio Miranda
Lima, 9 de noviembre de 1917.
Señor Presidente:
El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 199 del artículo o9 de la Constitución, ha resuelto indultar al encarcelado Nemesio Miranda del tiempo que le falta para cumplir su condena.
Lo comunicamos á usted para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á usted.
J. C. Bernales, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente. —Andrés Vivanco. Senador Pro-Secretario.—N- Pérez Velúzquez, Diputado Pro-Secretario.
Al Señor Presidente de la República.
Lima, 15 de noviembre de 191 7
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.
Rúbrica del Presidente de la Repú-blica. Flóvez.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.