Tipo de Norma: Ley
Número: 2524
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02524Desecación de las lagunas inmediatas á la villa de Ancón
Lima, 12 de noviembre de 1917.
Señor Presidente:
El Congreso, ha resuelto que en el Presupuesto Departamental de Lima, para el año de 1918, se consigne la cantidad de seiscientas libras peruanas de oro, destinadas á la obra de desecación de las lagunas inmediatas á la villa de Ancón.
Lo comunicamos á usted para su conocimiento y demás fines.
(Dios guarde á usted.
Aurelio Arnao, Segundo Vice-Presi-dente del Senado.—J. Balta, Primer Yice-Presidente de la Cámara dé Diputados.—Andrés Vivanco, Senador l'ro-Secre-tario.— Luis A. Carrillo, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente de la República.
Lima, 15 de noviembre de 1917.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese archívese.
Rúbrica del Presidente de la República.
Maldonado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.