Tipo de Norma: Ley
Número: 25133
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25133Ley No. 25133 Crea el Instituto
Superior de Formación y Capacitación de
Locutores,
Artículo lo.- Créase el Instituto Superior de Formación y Capacitación de Locutores, con autonomía académica y administrativa, encargado de la formación de profesionales de las diferentes especialidades de la locución, redacción oral y relatoría. Dicho Instituto tendrá su sede principal en la ciudad de Lima.
Artículo 2o.- Encárgase al Ministerio de Educación efectuar las acciones necesarias conforme a ley, para el funcionamiento a partir del año 1990 del Instituto Superior a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 3o.' Deróganse los dispositivos legales que se opongan a la presente Ley.
Artículo 4o.' Esta Ley rige desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 08 de Diciembre de 1989.
ALAN GARCIA PEREZ
EFRAIN ORBEGOSO RODRIGUEZ,
Ministro de Educación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.