Tipo de Norma: Ley
Número: 25131
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25131TE:
11 novecien-
sejo de. Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores.
Declaran de necesidad y utilidad públicas la expropiación de terreno para construcción del Mercado de Abastos del Distrito de Huacho
ley no. arn.
ti PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
L CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIEN-
E1 Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo i — Declárase de necesidad y utilidad públicas la expropiación del terreno denominado Sarita, de propiedad de doílá Paula Pacheco Cha* cdn, de 4,050 metros cuadrados, en favor de la Municipalidad Provincial de Huaura, el mismo que será destinado para la construcción del Mercado de Abastos N 3 del distrito de Huacho.
Artículo V — El inmueble que se expropia por la presente ley, está ubicado en el barrio de Manzanares, distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima y tiene los siguientes limites:
a) For el Norte, con el Conjunto Habitación*»!
"Domingo Mandamiento Sipén" - FONAVI;
b) Por el Sur, con el Asentamiento Humano
"San José de Manzanares, 1 Etapa";
o) For el Este, con el Conjunto Habitación "Domingo Mandamiento Sipén” - FONAVI; y
d) Por ei Oeste, oon propiedad de terceros.
Artículo 3 — La Municipalidad Provincial de Huaura, queda encargada de tramitar la expropiación a que se refiere la presente ley de conformidad con el Decreto legislativo N 313, asumiendo el pago de la respectiva indemnización Justipreciada la Corporación Departamental de Desarrollo de Lima.
Artículo 4 — La Corporación Departamental de Desarrollo de Lima, en coordinación con la Municipalidad Provincial de Huaura, queda encargada de la construcción del Mercado de Abastos N 3 en el distrito de Huacho.
Artículo 5 — Deróganse las disposiciones legales que se opongan a la presente ley.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veinticuatro dias del mes de noviembre de mil novecientos ochentalnueve.
HUMBERTO CARRANZA PIEDRA, Presidente del Senado
LUIS ALVARADO CONTRERAS, Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados
RUPERTO FIGUEROA MENDOZA, Senador Primer Secretario
ABDON VILCHEZ MELO, Diputado Segundo Secretarlo
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO;
Mando se publique y cumpla,
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, & los siete dias del mes de diciembre de tos ochentalnueve.
ALAN GARCIA PEREZ, Presidente Constitucional de la República
GUILLERMO LARGO COX, Presidente del Con
RODOLFO BELTRAN BRAVO, Ministro de
Presidencia
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.